El
diferendo fronterizo en la región sur
que han sostenido Argentina y Chile desde
hace dos siglos dio origen a una gran
cantidad de acuerdos, tratados, compromisos
y esfuerzos para determinar la jurisdicción
territorial y marítima de cada país sobre
el Canal Beagle y sus regiones adyacentes.
Beagle es el nombre de un canal que permite
a Ushuaia comunicarse con el Atlántico
y designa él arrea geográfica de un diferendo
de limites entre dos países, que desde
los albores de su independencia se habían
declarado "hermanos".
El litigio no se circunscribía solamente
a fijar el limite en el Canal Beagle y
a determinar la pertenencia de las islas
Picton, Lenox, Nueva y sus aguas adyacentes.
Abarcaba también las islas Terhalten ,
Sesambre, Evout, Barnevelt, Wollaston,
Herschel, Freycinet, Deceit y Hornos,
situadas en el Atlántico Sur hasta el
Cabo de Hornos y al oriente de su meridiano
o partidas por él.
Al declararse la independencia de Argentina
y Chile -1816 y 1818 respectivamente-
surgió la necesidad de fijar las jurisdicciones
políticas de cada Estado y precisar el
ejercicio de la soberanía sobre los espacios
territoriales y marítimos pertinentes.
La distinta interpretaron geográfica y
de los títulos históricos que heredaron
de España dio origen a los conflictos
de limites.
El primer documento suscripto por las
partes fue el "Tratado de Amistad,
Alianza, Comercio y Navegación" de
1826. Dicho acuerdo tendía a preservar
los limites reconocidos antes de su emancipación,
en virtud de pactos especiales que pudieran
firmar entre sí ambos países o con terceros
y buscaba garantizar la integridad del
territorio nacional respectivo y obrar
contra todo poder extranjero que intentara
mudar por la fuerza los limites de dichas
Repúblicas. El primer atropello, de una
serie de actos a lo largo de la historia,
fue el de la fundación, en 1843, de Chile,
del Fuerte Bulnes -actual ciudad
de Punta Arenas- en el Estrecho de Magallanes,
violando el Tratado de 1826.
A partir de allí, ambos países sacaron
a relucir cédulas, tratados, protocolos,
convenios y títulos que demostraban según
sus respectivos criterios la soberanía
de cada uno sobre el Canal Beagle y sus
islas adyacentes. Así trascurrió más de
uno siglo, entre declaraciones y arbitrajes
que nunca fueron acatados.
Hubo que esperar hasta 1984 para que las
dos naciones ratificaran el laudo arbitral
internacional que dio a Chile la soberanía
sobre el Beagle. La agencia arbitral se
había instalado en Ginebra en abril de
1972, nombrándose para representar y defender
los intereses argentinos a los diplomáticos
Ernesto De La Guardia y Julio Barboza.
El procedimiento tuvo dos fases, una escrita
y otra oral. La escrita consistió en la
presentación de los tres documentos que
prepararon los agentes argentinos y los
consultores contratados. El país expuso
allí todos los principios surgidos de
los tratados celebrados con Chile, acompañados
por mapas y conceptos del célebre capitán
Fitz Roy, pero le fue imposible encontrar
un mapa anexo al Tratado de 1881 que demostrara
la soberanía de Argentina sobre el Beagle
de una manera contundente.
Por su parte Chile presentó cartografía
oficial argentina, que atribuía las tres
islas a Chile. Finalmente la Corte arbitral
emitió su decisión por unanimidad y resolvió
que "las islas Picton, Nueva y Lennox,
junto con sus islotes y rocas adyacentes,
pertenecían a la República de Chile; y
que los islotes situados en la parte norte
de esta línea son de la Argentina y los
ubicados al sur pertenecen a Chile".
Sin embargo, el Gobierno argentino, el
25 de enero de 1978 declaró la nulidad
del laudo arbitral. Sostuvo que la decisión
de la Corte tenía defectos graves y numerosos,
y que dicha decisión violaba las normas
internacionales a la que se debía ajustar
su cometido. Por lo tanto, el laudo que
originalmente había propuesto Gran Bretaña
fue considerado nulo, por no reunir las
condiciones de validez exigidas por el
derecho internacional. Las causales en
las que se fundó la declaración de nulidad
fueron exceso de poder; defectos de fundamentación;
errores esenciales de derecho; contradicciones
y parcialidad; tergiversación de los argumentos
argentinos; y transgresión de la defensa
de juicio.
En tanto, el Canciller chileno envío una
nota al Embajador argentino en la que
expresaba que su Gobierno rechazaba terminantemente
la insólita declaración de nulidad.
Hacia fines de 1978, y ante la falta de
una solución que satisficiere a Argentina,
el presidente de facto, Jorge Rafael Videla
dio la orden de invadir el Canal. Pero
una dramática intervención del Papa Juan
Pablo II y el cardenal Antonio Samoré
evitó el conflicto a último momento. La
operación militar se suspendió cuando
apenas faltaban doce horas para que las
tropas argentinas iniciaran la ocupación
de las islas Picton, Lennox y Nueva, en
el Beagle. La paz comenzaba a perfilarse.
A los pocos años, el foco de tensión se
dirigió a Malvinas y la guerra desvió
los ojos nacionales sobre la frontera
con Chile. La victoria inglesa le costó
a los militares la presidencia y fue la
democracia y Raúl Alfonsín a quienes le
tocó dirimir por completo la cuestión.
Así, llegó el 25 de julio de 1984 cuando
el todavía reciente Gobierno radical convocó
a la ciudadanía a expresar su opinión
con respecto al litigio, mediante una
consulta popular no vinculante.
Las alternativas por la que se tenían
que expresar los electores eran dos: el
SI, que significaba aceptación total a
la propuesta papal y el NO, que la rechazaba.
El 25 de noviembre de ese año triunfó
la opción afirmativa.
Los primeros seis artículos del nuevo
tratado, denominado Tratado de Paz y Amistad,
se refirieron a cuestiones de forma. Del
artículo 7 al 11 se estableció él limite
entre ambos Estados. El artículo 12 dispuso
la creación de una comisión binacional
de carácter permanente para intensificar
la cooperación económica y la integración
física. En el artículo 13 se establecieron
las pautas para la navegación, señalando
que Chile en ejercicio de su soberanía,
otorgaba a Argentina las facilidades náuticas.
Por ultimo, del artículo 14 al 19 se fijaron
las cláusulas finales, en las que ambas
naciones declararon solemnemente que este
tratado era la solución completa y definitiva
y que los limites señalados constituían
un fin inalterable.
Fuentes:
El conflicto en la región
austral. Editorial Pleamar, Osiris Villegas.
Buenos Aires 1978. De Chapultepec al Beagle
(Política exterior argentina 1945-1980),
Juan Archibaldo Lanús. Editorial Emecé.
Buenos aires 1984. Arbitraje sobre el
Canal Beagle. Informe y decisión de la
Corte de arbitraje. Instituto Argentino
de Estudios Estratégicos y de las Relaciones
Internacionales. Abril-mayo 1977. Buenos
Aires, 1978. Informes del Instituto Geográfico
Militar. Buenos Aires 1978-1979.
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